SOCIEDAD GEOGRÁFICA DE COLOMBIA

METRÓPOLIS CARIBEÑA

Alberto Mendoza Morales

La organización del Área Metropolitana del Caribe está decretada en Colombia. Corresponde al contenido de la ley 768 de Julio del 2002. Es su Objetivo, promover “el ordenamiento del territorio y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes”. El Área Metropolitana prevista se extiende a lo largo de 224 km. Corresponden al litoral comprendido entre Cartagena y Santa Marta. Ordena parte de una línea costera que mide 1.600 km comprendidos entre Cabo Tiburón, límite con Panamá y Castilletes, límite con Venezuela. Factores de impulso metropolitano serán los puertos, la industria, el comercio, la cultura y el turismo.

El Área Metropolitana comprende tres Distritos: Industrial de Barranquilla; Cultural y Turístico de Cartagena de Indias; Histórico de Santa Marta. Incluye los municipios contiguos a ellos. A los Distritos les reconoce características especiales, geográficas, paisajísticas, ambientales, urbanísticas e histórico-culturales. A los municipios, dados sus recursos, modalidades y ubicación, les asigna atribuciones diferentes a los demás municipios del país. La administración de cada Distrito contará con un Alcalde Mayor, un Concejo Distrital y 3 localidades. Cada localidad tendrá homogeneidad relativa en lo geográfico, cultural, social y económico. Contará, además, con un Alcalde Local.

Los tres Alcaldes Mayores conforman la Alcaldía Metropolitana del Caribe. Tienen a su cargo la orientación de los Distritos volcada hacia el desarrollo integral del Área. Presentarán, para ello, proyectos de Acuerdo con énfasis en industria, puertos, transporte, turismo, telecomunicaciones y educación. La ley los faculta, junto con los Concejos Distritales, para cumplir funciones muy amplias entre ellas, cuidar las costas, vigilar los puertos, regular el manejo del medio ambiente, preservar el patrimonio hídrico, histórico y cultural. Los faculta también para crear nuevos escenarios administrativos, empresariales e institucionales y para manejar los bienes de uso público especialmente en las áreas, recreativas, industriales y portuarias.

Un pronunciamiento colectivo de los voceros del Área Metropolitana del Caribe se hace oportuno como muestra de que aplican los contenidos de la ley, aceptan los desafíos que implica, sobretodo la responsabilidad conjunta de ponerla en práctica y administrarla.

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