COMISION DE VECINDAD COLOMBO-BRASILEÑA
Por medio del Decreto 711 de 1993 se creó la Comisión de Vecindad e Integración Colombo – Brasilera como medio efectivo para propiciar la cooperación entre las dos naciones y asesorar y proponer acciones tendientes a fomentar e incrementar las relaciones binacionales; a facilitar la ejecución de programas conjuntos que permitan potenciar las economías de los dos países; a buscar formulas para lograr el desarrollo de las regiones fronterizas con miras a alcanzar una integración con sus vecinos y a aprovechar la vecindad geográfica para lograr una mayor presencia internacional.
La Comisión es Órgano Consultivo del Gobierno Nacional y opera como mecanismo de integración fronteriza para tratar, en forma efectiva, asuntos tales como:
- Proyectos de cooperación y desarrollo conjunto
- Dinámica económica bilateral y fronteriza
- Transporte e infraestructura, medio ambiente y desarrollo, y asuntos fronterizos relacionados con la integración física y el desarrollo social
La Comisión está bajo la dirección y coordinación del Ministerio de Relaciones Exteriores y hacen parte de ella los ministerios de Justicia, Defensa Nacional, Agricultura, Desarrollo Económico, Educación Nacional , Obras Publicas y Transporte, Comercio Exterior, Minas y Energía.
Además están los Gobernadores de los siguientes departamentos: Amazonas, Caquetá, Guaina, Vaupés, Guaviare y Putumayo
TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA: POSIBILIDAD DE PROYECTOS CONJUNTOS CON BRASIL, ECUADOR, PERÚ Y VENEZUELA
Los Estados de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Suriname y Venezuela, que comparten territorio en la Amazonia, con el propósito de aunar esfuerzos para promover el desarrollo armónico de esta región fundamental para el Planeta, elevar el nivel de vida de sus habitantes y facilitar mecanismos que permitan incorporar este territorio a las economías nacionales suscribieron este Tratado de cooperación dentro de una política de mantener el equilibrio entre el crecimiento económico y la preservación del medio ambiente respetando las características de este frágil sistema ecológico.
Sobre bases de reciprocidad acordaron:
- Libertad de navegación comercial en el curso del Amazonas y demás ríos amazónicos internacionales,
- Facilitar el uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales en sus respectivos territorios, su ejercicio tendrá las restricciones que resulten del Derecho Internacional.
- Procurar la utilización racional de los recursos hídricos.
- Promover la investigación científica y el intercambio de informaciones y de personal técnico entre las entidades competentes de los respectivos países.
- Establecer un sistema de intercambio de información sobre las medidas de conservación que cada Estado haya adoptado o adopte en sus territorios amazónicos.
- Promover la coordinación de los servicios de salud
- Establecer colaboración en los campos de la investigación científica y tecnológica aplicables al desarrollo económico y social de la región, para lo cual se facilitara:
a.Realizar, en forma conjunta o coordinada, programas de investigación y desarrollo;
b.Crear y operar instituciones de investigación o de centros de perfeccionamiento y producción experimental;
c.Organizar seminarios y conferencias, intercambiar información y documentación, y crear medios de difusión.
- Crear infraestructura física adecuada entre sus respectivos países: Transporte y comunicaciones.
- Estimular la realización de estudios y la adopción de medidas que promuevan el desarrollo económico y social de la región.
- Desarrollar el comercio al por menor de productos de consumo local
- Incrementar el turismo, nacionales y de terceros países, en sus respectivos territorios amazónicos.
12.Adoptar medidas para la conservación de las riquezas etnológicas y arqueológicas del área amazónica.
- Presentar iniciativas para la realización de estudios destinados a la concreción de proyectos de interés común.
- Realizar reuniones cada vez que lo juzguen conveniente.
- Fijar directrices de política común y adoptar decisiones sobre las acciones conjuntas.
Con este Tratado las Repúblicas de Colombia, Brasil, Ecuador, Perú y Venezuela cuentan con el marco jurídico válido para planificar, emprender y controlar proyectos comunes en un contexto de integración fronteriza.