SE DELIMITA MEDIANTE EL PRINCIPIO DE LA LÍNEA MEDIA
ESTABLECE ZONA DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y EXPLOTACIÓN PESQUERA COMÚN.
COMPROMISO DE COOPERAR EN LA REDUCCIÓN, CONTROL Y PRESERVACIÓN DEL MEDIO SUBMARINO Y ESPECIES QUE SE DESPLAZAN MÁS ALLA DE LAS RESPECTIVAS ZONAS MARINAS.
Base: Mapa Digital Integrado. IGAC, 2002.
Fuente: Sociedad Geográfica de Colombia
Fuente Batimetría: Prof. José Agustín Blanco B.
TRATADO: Acuerdo Liévano Aguirre – Jiménez: Delimitación de Áreas marinas y Cooperación Marítima., firmado en Santo Domingo, el 13 de enero de 1978. y aprobado por el Congreso el mismo año con la Ley 38. Se hizo la ratificación Canjeado los Instrumentos en Bogotá, el 15 de Febrero de 1979.
En el acuerdo se establece una Zona de Investigación Científica y Explotación Pesquera Común, así como también el compromiso de cooperar en lo relacionado con el control, la reducción y la prevención de la contaminación del medio marino. Así mismo se establece la coordinación en las medidas de conservación de las especies que se desplazan más allá de las respectivas zonas marítimas.
TRATADOS REPÚBLICA DOMINICANA (194 kb)