Rerforma Agraria
LA LEY GALINDO
Alberto Mendoza Morales
La Ley Galindo sobre reforma agraria dio paso en el siglo XIX a la colonización de extensas tierras de la Cordillera Central, entre Tolima, Cauca y Antioquia. Los campesinos, propietarios de la tierra, formarían el núcleo de un pueblo libre “pues no habrá verdadera nacionalidad sino donde exista una masa de población que tenga hogar y subsistencia que defender”. La ley se dictó para impedir la enfeudalización de las tierras baldías y para alcanzar la defensa y protección de trabajadores libres, asentados en colonias agrícolas, amparados contra la avaricia y la rapacidad de los que quisieran reducirlos a la esclavitud. Los principios de la Ley (48 de 1882) fueron:
Las tierras baldías se tendrán como bienes de uso público. La propiedad de esas tierras, cualquiera sea su extensión, se adquiere por trabajo y cultivo. El Gobierno ampara de oficio a los pobladores y cultivadores de esas tierras establecidos con casa y labranza; no podrán ser privados de la posesión sino por sentencia dictada en juicio civil ordinario. Su propiedad y dominio no prescribirán en ningún caso. En juicios de propiedad del terreno, el demandante deberá exhibir títulos legales de propiedad de la tierra que reclama con una antigüedad de diez años por lo menos. En caso de que el cultivador, poseedor de buena fe, pierda el juicio de propiedad, no será desposeído del terreno que ocupa sino después de que haya sido indemnizado por el valor de las mejoras puestas en el terreno. Los terrenos baldíos que la nación enajene por cualquier título, volverán gratuitamente a ella al cabo de diez años, si no se establece en ellos alguna industria, agrícola o pecuaria.
Galindo argumentaba: “Si una ley semejante contara siquiera medio siglo de existencia; si la apropiación del suelo y la protección del trabajo libre llevaran ya ese tiempo, muy distinta sería la condición social, política y económica de la República. En vez de inmensas regiones esclavizadas por propietarios que se hicieron adjudicar dilatadas extensiones territoriales, con el único objeto de impedir el libre acceso de la población a la tierra inculta, o de reducir a la condición de siervos a los trabajadores que necesiten ocuparla para cultivarla, contaríamos hoy centenares de miles de propietarios cultivadores instalados en la vasta extensión del país. La riqueza agrícola y pecuaria sería diez mil veces mayor de lo que es hoy; el cultivo libre habría cambiado la faz del suelo.