Diálogo de Nación
¿TRES PODERES?
Alberto Mendoza Morales
Aristóteles enseñó que los gobiernos están compuestos por tres partes: “una delibera sobre los negocios públicos, otra ejerce magistratura, la tercera administra justicia”. Desde los albores de la República, Colombia organizó su estructura de Estado, según la teoría de Montesquieu. La forman tres poderes separados, legislativo, ejecutivo y judicial, de funcionamiento coordinado. Jacobo Pérez en su “Derecho Constitucional” destaca que “el principio de separación de los poderes está íntimamente ligado con el problema de la libertad individual y con el óptimo funcionamiento del Estado”.
Montesquieu enseñó que “cuando el poder legislativo y el poder ejecutivo se reúnen en una misma persona no hay libertad, falta confianza, existe el peligro de que se hagan leyes tiránicas y se ejecuten tiránicamente”. Y diagnosticó, “todo se perdería si el mismo hombre, la misma corporación de próceres, la misma Asamblea del pueblo ejerciera los tres poderes y dictara las leyes, ejecutara las resoluciones públicas y juzgara los delitos y los pleitos entre particulares”.
Tradición y funcionamiento han dado en el Estado colombiano primacía al poder ejecutivo sobre el legislativo y relativa distancia con el judicial. Ha sido costumbre que el poder ejecutivo “compre” al poder legislativo. Lo captura dándole a senadores y representantes auxilios, puestos, becas, consulados, embajadas y otras prebendas.
La realidad colombiana demanda un camino propio. Aquí se hace necesario el reordenamiento del Estado comenzando por crear un cuarto poder, el poder ético. Lo propuso El Libertador. Lo formaría la unión, en un solo conjunto, de las instituciones de control público, Procuraduría, Fiscalía, Contraloría, Personerías, Veedurías y un órgano superior, independiente, de control global, la Corte de Estado encargada de vigilar el cumplimiento de la Carta constitucional.
La oportunidad, sin embargo, es más amplia. En Colombia hay un Estado posible. Un Estado organizado como empresa pública de utilidad social. El Congreso puede transformarse en un Consejo Directivo de la Nación, cuerpo colegiado unicameral, formado por delegados representantes de las regiones del país. El Presidente podrá ser, a la vez, jefe de Estado y primer gerente ejecutivo del país. Tres ministerios son suficientes, Relaciones Interiores (Gobierno); Relaciones Exteriores (Cancillería); Defensa (Fuerzas Armadas): Los demás son Secretarías que manejan las cuestiones económicas, sociales y administrativas.
Este modelo de administración nacional tiene especial validez si aceptamos organizar a Colombia como un Estado Regional Unitario y nos preparamos para convocar la Asamblea Nacional Constituyente que decrete el necesario cambio histórico. Lo demás, sillas vacías u ocupadas, número de votos, etc, etc, son asuntos insustanciales frente a los problemas que experimentamos. Estamos desafiados a solucionarlos.