Santuario Ecológico
ECOSISTEMA TORCA-CONEJERA
Alberto Mendoza Morales
Bogotá tiene presencia determinante sobre la Sabana. Su acción puede ser factor de impulso o de destrucción de una región declarada “de interés ecológico nacional” (ley 99 de 1993). El anuncio del gobierno distrital de “normar” la urbanización del extremo norte de Bogotá, constituye agresión contra el ecosistema Torca-Conejera, invasión de territorio ecológico. Transgrede la vocación de un área esencial de la Sabana. Atenta contra la integridad biofísica de la región. Amenaza unas 5.000 hectáreas de tratamiento especial identificadas, años atrás, por la Misión de Estudios del entonces Ministerio del Medio Ambiente y por la Universidad Nacional. El sitio contiene características geológicas, climáticas, edafológicas, de vegetación y fauna, únicas de la región.
Se trata de un espacio ambiental excepcional. Contiene bosque andino húmedo bien conservado, el de Torca, único y último residuo de bosque nativo que queda en la Sabana. Sus suelos son ricos en cenizas volcánicas asentadas en diez microcuencas que corren entre los pintorescos pliegues de aquellos cerros. El nivel freático es alto. Hay manantiales de aguas termales. Hay humedales, La Conejera, Guaymaral, Los Buhos, Torca. La zona posee las mayores reservas de agua, en gran parte de la Sabana y del Distrito. Sólo la supera la región de Sumapaz. En el área se encuentran tres de las más grandes haciendas de la Cuenca, Tibabita, Conejera y Torca. Algunos propietarios mantienen allí actividades agropecuarias rentables. Han dado ejemplo de sustentabilidad, buen manejo de aguas y conservación de la vegetación nativa.
Cuidar el ecosistema Torca-Conejera es vital para conservar el agua y la vida silvestre en la Sabana tan frecuentemente atacada. Desecar esta rica área, lotearla y construir vivienda es inaceptable. El proyecto distrital contradice claras normas de preservación ambiental. La CAR declaró área de protección el ecosistema Torca-Conejera en 1979 (Acuerdo 33). El temprano y ejemplar precedente legal debe se respetado por las autoridades distritales. La norma es válida, debe ser reconocida, aceptada su conveniencia pública y acatada la plenitud de su fuerza legal. Un proyecto de urbanizar un área de inequívoca vocación ecológica, que pasa por encima de la salud territorial de una región como la Sabana, que atenta contra la salud pública y contraviene normas específicas, debe ser archivado. La Sociedad Geográfica de Colombia presentó a la Gobernación de Cundinamarca en diciembre del 2000, el Plan de Ordenamiento de la Cuenca Alta del río Bogotá. El Plan calificó el área Torca-Conejera como “Santuario Ecológico”. Como tal debe ser tratada.